27/07/2026
Criptoactivos

Criptoactivos

1. ¿Qué son los criptoactivos?

Los criptoactivos son representaciones digitales de valor o derechos que pueden ser transferidos y almacenados electrónicamente mediante tecnología de registro distribuido (DLT). Este tipo de tecnología, que incluye blockchain, permite la creación de un sistema descentralizado y seguro para gestionar transacciones y almacenar información.

El término criptoactivo engloba un conjunto heterogéneo de representaciones digitales. Este grupo incluye tanto criptomonedas, como Bitcoin y Ethereum, así como tokens, representaciones de activos o derechos específicos.

Las criptomonedas permiten transacciones financieras sin intermediarios tradicionales, como bancos o entidades financieras, lo que reduce costes y tiempos de procesamiento. Esto ha revolucionado la forma en que las personas y las empresas realizan pagos y transferencias de valor a nivel global.

Los tokens pueden tener una amplia variedad de aplicaciones, desde representar propiedad sobre un bien físico hasta otorgar acceso a servicios digitales exclusivos, como plataformas de streaming, representar participaciones en proyectos empresariales o incluso estar respaldados por activos físicos, como las materias primas. Esta versatilidad ha llevado a un aumento significativo en la adopción de criptoactivos en diversos sectores, desde las finanzas hasta el arte digital.

2. Naturaleza inestable de los criptoactivos

Los criptoactivos, al ser manifestaciones digitales de valores o derechos, se caracterizan por tener una elevada inestabilidad e incertidumbre en su precio. Los criptoactivos son conocidos por tener un valor que hace el objeto de fluctuaciones extremas, lo que puede generar ganancias importantes en poco tiempo, pero también pérdidas devastadoras (con excepción de las «stablecoins» que, a fin de mantener su valor estable, están referenciadas al valor de una moneda oficial como puede ser, por ejemplo, el dólar estadounidense que referencia a la criptomoneda «stablecoin» USDT). Las autoridades financieras y de los mercados de valores han advertido de los riesgos asociados a la inversión en criptoactivos, incluyendo la alta volatilidad y la posibilidad de pérdida total del capital invertido.

Además, no existen sistemas de indemnización para los inversores en caso de insolvencia de los proveedores de servicios de criptoactivos, lo que aumenta el riesgo para aquellos que deciden participar en este mercado. Por esta razón, es fundamental que los inversores, antes de comprometer sus fondos, comprendan los riesgos que toman antes de invertir en criptoactivos y que busquen asesoramiento profesional especializado.

3. Regulación jurídica de los criptoactivos

En la regulación de los criptoactivos dentro de la Unión Europea, es esencial distinguir entre aquellos que se consideran instrumentos financieros, sujetos a la Directiva MiFID II (2014/65/UE), y los que no lo son, regulados principalmente por Reglamento MiCA (UE 2023/1114). Es importante estar atento a la actualidad legislativa y a la publicación de documentos que permiten una mayor comprensión de los criterios utilizados para clasificar criptoactivos.

Dentro del primer grupo, los criptoactivos que se consideran instrumentos financieros, se encuentran los tokens que confieren derechos sobre valores o inversiones, los cuales otorgan participación en empresas o activos financieros y están sujetos a normativas como el Reglamento de Abuso de Mercado y la Directiva de Transparencia. También entran en esta categoría los tokens que funcionan como instrumentos del mercado monetario, los tokens de fondos de inversión colectiva y los derivados basados en criptoactivos, todos bajo el marco de la Directiva MiFID II y regulaciones adicionales según su naturaleza.

Por otro lado, los criptoactivos que no son instrumentos financieros caen bajo el ámbito del Reglamento MiCA. Este grupo de criptoactivos incluyen a las criptomonedas, los tokens de utilidad, los tokens referenciados a activos (ARTs) y los tokens de dinero electrónico (EMTs). Finalmente, los NFTs (tokens no fungibles), que representan activos únicos como arte digital o bienes físicos, quedan fuera del ámbito de aplicación del Reglamento MiCA, salvo que su uso o características los hagan intercambiables, en cuyo caso podrían ser objeto de regulación financiera.

4. Una búsqueda de mejor comprensión de los criptoactivos

El Reglamento MiCA establece un marco normativo para la emisión, oferta y negociación de criptoactivos, con el objetivo de proteger a los inversores y garantizar la integridad del mercado europeo.

Entre las distintas medidas previstas en el Reglamento, el libro blanco es una pieza fundamental en la existencia y desarrollo de los criptoactivos. El libro blanco actúa como una carta de presentación oficial del criptoactivo: define su propósito, su estructura y la tecnología en la que se basa. Es el principal vehículo de comunicación entre el emisor y los potenciales inversores o usuarios. A través de este documento, el criptoactivo explica sus funciones y qué derechos y obligaciones adquieren quienes lo poseen. Además, el libro blanco permite a los criptoactivos establecer confianza en los mercados al proporcionar información transparente sobre los riesgos asociados con su adquisición y negociación, incluyendo su volatilidad, su marco legal y su viabilidad tecnológica.

4. Instituciones que supervisan los criptoactivos

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) será la autoridad competente en España para supervisar la correcta comercialización de los criptoactivos, siguiendo lo establecido en el Reglamento MiCA. Esto incluye la supervisión de las ofertas iniciales de monedas (ICO) y la verificación de que los emisores cumplen con los requisitos de transparencia y divulgación de información.

Por su parte, el Banco de España supervisará a los emisores de tokens referenciados a activos y de dinero electrónico, asegurando que estos cumplan con las normas establecidas para proteger a los consumidores y mantener la estabilidad financiera. A nivel europeo, la AEVM (Autoridad Europea de Valores y Mercados o ESMA en inglés) y la ABE (Autoridad Bancaria Europea) se encargarán de supervisar el mercado de criptoactivos .

5. El futuro de los criptoactivos

Al establecer un marco regulatorio claro y coherente, la doctrina jurídica ha señalado que MiCA representa un avance significativo hacia la profesionalización y seguridad del mercado de criptoactivos. Sin embargo, algunos críticos argumentan que esta regulación podría ir en contra de la naturaleza descentralizada de las criptomonedas, que fue uno de los principios fundamentales detrás de su creación. Será a través del desarrollo de las actividades de las empresas que comercializan con criptoactivos que podremos ver el impacto de la legislación en la naturaleza de los criptoactivos.

La jurisprudencia, aún limitada debido a la novedad de la regulación, contribuirá a una mayor claridad y seguridad jurídica en este ámbito. Hasta ahora, los casos judiciales relacionados con criptoactivos han sido escasos y se han centrado principalmente en disputas sobre la propiedad de activos digitales o en casos de fraude. Con la entrada en vigor del Reglamento MiCA, es probable que surjan nuevos casos que aborden cuestiones como la responsabilidad de los proveedores de servicios, la protección de los derechos de los inversores y la interpretación de las normas establecidas en el reglamento.

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