Delito de hacking o intrusismo informático
El hacking o intrusismo informático está tipificado en el artículo 197 bis.1 del Código Penal. Así, se castiga a quien accede o facilita el acceso a un sistema de información o se mantiene en él contra la voluntad de quien tiene legítimo derecho a excluirlo, vulnerando las medidas de seguridad establecidas.