27/07/2026

El ciudadano reclama un lenguaje jurídico claro y comprensible

La relación entre derecho y lenguaje es intensa. El derecho necesita ser escrito y hablado a través del lenguaje sin el cual no podría existir y, en sentido recíproco, el derecho contribuye a la elaboración constante del lenguaje gracias al aporte de neologismos jurídicos y nuevas expresiones. Nace así el término lenguaje jurídico.

De la nomenclatura propia del derecho proceden varias palabras incorporadas al caudal de la lengua castellana viva (victimización, homicidio, filicidio, genocidio, fratricidio, infanticidio, parricidio, matricidio, suicidio, son algunas de ellas) que hoy figuran como palabras del diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (RAE).

La RAE define lenguaje como el “conjunto de sonidos articulados con que el hombre manifiesta lo que piensa o siente” y el “estilo y modo de hablar y escribir de cada persona en particular”. Por su parte, el profesor Joaquín Garrigues Díaz-Cañabate, decía que “el derecho es el arte de trazar límites y el límite no existe cuando no es claro”. Esto nos conduce a afirmar que la precisión y la claridad constituyen requisitos esenciales para asegurar la propiedad y el rigor en el uso del lenguaje jurídico.

Los ciudadanos tenemos el derecho a comprender, por nosotros mismos, las comunicaciones verbales y documentos escritos (leyes, sentencias, resoluciones administrativas y contratos, esencialmente) que producen los profesionales del derecho (abogados, delegados de protección de datos, jueces y magistrados, fiscales, notarios, árbitros, mediadores, profesores de derecho, entre otros) y las emitidas por las instituciones del Estado (en España, el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, los colegios profesionales de abogados, procuradores y graduados sociales, las universidades, las instituciones penitenciarias, las fuerzas y cuerpos de seguridad, los ayuntamientos, las Cortes Generales y los Parlamentos autonómicos).

Un mal uso del lenguaje por parte de tales profesionales e instituciones genera inseguridad jurídica e incide negativamente en la solución de los conflictos sociales, como ha advertido el Informe de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico del Ministerio de Justicia de España (2011). El Estado de Derecho se ve fortalecido gracias a una mayor claridad del lenguaje jurídico.

La palabra es la médula del discurso de los profesionales del derecho: claridad, lógica, precisión y rigor técnico pueden ir perfectamente de la mano con la simplicidad y belleza, al momento de comunicar. En este portal encontrarás artículos relacionados con el lenguaje jurídico claro y el legal design, textos legales y jurisprudencia. Pero lo que principalmente te ofrecemos es el Diccionario Jurídico al alcance de todos redactado en lenguaje claro, especialmente diseñado para el ciudadano de a pie.

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Proveedor de servicios de criptoactivos

Un proveedor de servicios de criptoactivos es una persona jurídica u otra empresa cuya actividad o negocio consiste en la prestación profesional de uno o varios servicios de criptoactivos definidos en el Reglamento MiCA a clientes y que está autorizada a prestar servicios de criptoactivos de conformidad con este mismo Reglamento.

El libro blanco de criptoactivos

El libro blanco de criptoactivos relativo a criptoactivos distintos de fichas referenciadas a activos o fichas de dinero electrónico es un elemento central en la nueva regulación sobre criptoactivos. Este libro contiene la información detallada sobre un criptoactivo, su emisor y las condiciones de su oferta. Esta información es esencial para asegurar que los libros blancos proporcionen información clara, precisa y accesible, fortaleciendo así la confianza de los mercados en el mercado de criptoactivos dentro de la Unión Europea.

Reglamento sobre Inteligencia Artificial (RIA)

El Reglamento de Inteligencia Artificial UE 2024/1689 (RIA) es una norma que abre camino en la regulación del uso de la IA en Europa, tanto para sus ciudadanos, como para los proveedores que se dirijan a ellos.
Además, fuera de la UE, surge como marco de referencia e inspiración a nivel global, estableciendo requisitos según su riesgo a fin de garantizar la seguridad, la transparencia y su supervisión.

Criptoactivos

Los criptoactivos representan valores o derechos digitales almacenados y transferidos mediante tecnología de registro distribuido (DLT), como blockchain. Incluyen criptomonedas, como Bitcoin y Ethereum, y tokens con diversas aplicaciones. A pesar de su versatilidad, los criptoactivos son conocidos por su volatilidad en cuanto a su precio, lo que puede provocar riesgos para los inversores. La Unión Europea ha abordado esta incertidumbre con el Reglamento MiCA, estableciendo un marco normativo para proteger a los inversores y regular el mercado de los criptoactivos.

Reglamento (UE) 2023/1114 relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA)

El Reglamento MiCA regula los mercados de criptoactivos en la Unión Europea. Este texto garantiza la protección de los titulares de criptoactivos y de los clientes de los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP), la integridad del mercado de criptoactivos, la innovación en este mercado y la estabilidad financiera en la Unión europea. Para ello, el Reglamento establece un sistema de autorización y supervisión de los CASP por las autoridades nacionales supervisoras.

Consejo de Administración

El Consejo de Administración es un pilar esencial en la estructura organizativa de las sociedades de capital, actuando como un órgano colegiado que toma decisiones claves. En el contexto de las sociedades anónimas (S.A.), su existencia es obligatoria cuando hay más de dos administradores mancomunados, mientras que en el caso de las sociedades de responsabilidad limitada (S.L.) se ha establecido un límite máximo de 12 consejeros. En ambos casos, el Consejo de Administración asume un rol relevante en la definición de la estrategia empresarial, la supervisión de la gestión ejecutiva, la garantía de la transparencia y el cumplimiento normativo.

¿Qué es el delito de estafa informática?

Los delitos de estafa informática se encuentran regulados en el artículo 249 CP. Se trata de conductas que destacan por el empleo de procedimientos informáticos. El delito de estafa informática se define como el acceso ilícito a datos o programas informáticos que se encuentran en un sistema y que tiene como principal fin el de producir un daño patrimonial, todo ello habiendo ánimo de lucro y siendo un  tercero el perjudicado. Para poder llevarse a cabo estas acciones, será necesario infringir las medidas de seguridad de los sistemas, y evidentemente, hacerlo sin la autorización ni el permiso del usuario. Es decir, engañar a través de medios electrónicos.

Administradores sociales

Los órganos sociales de las sociedades de capital están constituidos por los administradores y la junta general. Los administradores tienen la función de llevar a cabo el objeto social. Su responsabilidad abarca tanto la gestión interna de las operaciones de la sociedad, como también la interacción con terceros, contando con la autorización para actuar en representación de la sociedad frente a estos. En resumen, ejercen labores de gestión y representación de la sociedad.

¿Qué es el delito de apropiación indebida?

Comete el delito de apropiación indebida aquel que tome una cosa mueble ajena, con ánimo de lucro, partiendo de la posesión legítima de la cosa y teniendo la obligación legal o contractual de gestionar o custodiar dichos bienes, utilizando dicha cosa para su propio beneficio o para un uso no autorizado e incorporando ese objeto a su patrimonio.
Este delito se encuentra regulado en el artículo 253 y 254 del Código Penal. A través de la reforma de la Ley Orgánica 1/2015 se buscó delimitarlo con respecto al tipo penal del delito de administración desleal.

¿Qué son las sociedades de capital?

Las sociedades de capital son un tipo específico de empresas, en donde lo relevante son las contribuciones económicas que los socios hagan. La medida de cuánto participa cada socio en la empresa se determina según lo que aporta al capital social. El capital se encuentra dividido en partes alícuotas, ser propietario de esas partes alícuotas – participaciones o acciones – es lo que te proporciona la posición de socio. Las sociedades de capital dan nacimiento a una persona jurídica, con capacidad para mantener sus propias relaciones jurídicas y para operar en el tráfico como sujeto de derecho.

¿Por qué una web sobre el lenguaje jurídico?

Las entradas de esta web están dirigidas especialmente a legos en Derecho. Particular importancia tienen los colectivos de empresarios, emprendedores, inversores y autónomos, así como los consumidores y usuarios y, en general, el ciudadano de a pie. El objetivo perseguido por Lenguaje Jurídico es facilitar la comprensión del Derecho y ponerlo al alcance de todos o, más específicamente, de quién lo necesite. Para ello combinamos la simplicidad y sencillez del lenguaje, con la didáctica expositiva, la rigurosidad del análisis y el uso adecuado de las fuentes del Derecho. Aunque particularmente las publicaciones de este portal se hagan desde la perspectiva del derecho español, también se podrá hacer a otros ordenamientos jurídicos en cuyo caso se efectuará la referencia y precisión correspondientes.

Lenguaje Jurídico es una web de juristas para no juristas. Con la finalidad de facilitar la comprensión del Derecho a empresarios, emprendedores, inversores, profesionales liberales, autónomos en general, trabajadores por cuenta ajena, policías, militares, consumidores y usuarios, jubilados, desempleados, y particulares en general, hemos creado esta web y en especial el "diccionario jurídico" que encontrarás dentro del portal. Las entradas de Lenguaje Jurídico se caracterizan por ser claras, prácticas y didácticas, a la vez que rigurosas y precisas desde un punto de vista técnico. Buscamos hacer fácil lo difícil y entretenido lo aburrido en Derecho.

¿Qué nos impulsó a crear Lenguaje Jurídico?
Porque habíamos detectado un conjunto de necesidades insatisfechas, frustraciones intolerables y problemas irresueltos en el mundo del Derecho. Hablamos concretamente de un “dolor jurídico” que afecta a los ciudadanos en su conjunto y que requiere una pronta y eficaz solución: la incomprensión manifiesta y reiterada de los términos jurídicos y de lenguaje jurídico en general por parte del ciudadano de a pie.

¿Cuáles son los síntomas de ese "dolor" jurídico que afecta a los ciudadanos?
Al ciudadano el lenguaje jurídico suele parecerle críptico y oscuro. Además, la falta de claridad de muchos abogados genera dificultades para distinguir entre un letrado generalista (el que se dedica a todas o casi todas las áreas o ramas del Derecho) de uno especialista (el que concentra sus servicios profesionales en concretas, específicas y determinadas áreas del Derecho). Esto se complica por la falta de empatía de algunos abogados hacia sus clientes y por la incomprensión de sus negocios, de sus problemas patrimoniales y de sus dificultades personales o familiares. Para ofrecer una buena solución jurídica hay que conocer antes el problema subyacente que se pretende solucionar.

¿Cuál es la causa generadora de ese "dolor" jurídico?
Hemos detectado más de una. Las más destacadas quizá sean la limitada cultura legal del ciudadano medio, el desconocimiento generalizado del sector jurídico y de sus especialidades, y la asimetría de información que existe en el mercado de servicios jurídicos y de los profesionales del Derecho respecto de la información que reciben los ciudadanos.

¿De qué trata este portal y cómo se aliviará ese "dolor jurídico"?
Definimos los términos jurídicos más utilizados en la vida diaria y los negocios, lo que incluye los aforismos o latinajos jurídicos de uso corriente. Además, ofrecemos análisis jurídico e información técnica sobre derecho accesible y lenguaje jurídico claro para lo cual contamos con los mejores expertos en accesibilidad y usabilidad legal, lenguaje jurídico claro y legal design.

¿Cómo se estructura la web Lenguaje Jurídico?
La web se divide en tres categorías (Diccionario Jurídico, Textos Legales y Palabra de Jurista) dentro de las cuales se incluirán todos las entradas y los artículos publicados en el portal. La principal sección del portal en la actualidad es el Diccionario Jurídico. De este modo, trataremos de poner el Derecho al alcance del empresario, emprendedor, inversor, innovador, trabajador, científico, consumidor, estudiante, jubilado, desempleado y, en general, del ciudadano de a pie que es quien más lo necesita.

En pro de un lenguaje jurídico accesible.
No son de nuestra devoción los juristas burdamente dogmáticos, es decir, aquellos que intentan dominar la discusión con una frase hecha, que apelan a una palabra incomprensible para quienes no forman parte de su esotérico círculo, o que se valen de un vetusto latinajo innecesario para impresionar al interlocutor. Los ciudadanos tenemos el derecho a comprender y a entender, por nosotros mismos, las comunicaciones verbales y escritas por los profesionales del Derecho.